MÁS PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS.


Actualizado Noviembre de 2.013.

Tanto fuera como dentro de este espacio, clientes y amigos me siguen preguntan por el certificado de eficiencia energética. En un anterior post intenté contestar a las quince preguntas que consideré más importantes, para el consumidor, sobre este documento, pero es cierto que en este momento estas preguntas han quedado cortas debido a la falta de información que existe. Por ello voy a intentar contestar a las que con más frecuencia me siguen haciendo.



16. ¿Quiénes son los técnicos que pueden intervenir en los procesos de certificación?

El Real Decreto 253/2013 sobre Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios, diferencia entre Técnico Competente y Técnico Ayudante. Los primeros son los que suscriben el certificado de eficiencia energética y son aquellos profesionales habilitados para intervenir en procesos de edificación o que pueden realizar proyectos de instalaciones térmicas, todo ello teniendo en cuenta siempre lo que establece la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación. Además también se incluyen los técnicos habilitados para suscribir certificados de eficiencia energética o cuya cualificación profesional le habilite a ello.

Teniendo en cuenta esto, a día de hoy los certificados de eficiencia energética de edificios únicamente los pueden suscribir Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros e Ingenieros Técnicos.

En cuanto a los técnicos ayudantes, son aquellos que tienen en posesión un título de formación profesional y por lo tanto únicamente pueden colaborar como ayudantes del técnico competente en el proceso de certificación.

17. ¿El Técnico Competente tiene que estar colegiado?

Debido a los cambios legislativos que se están produciendo, debo comenzar diciendo que a día de hoy, sigue estando en vigor la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales. En el artículo tercero apartado dos de esta ley y en su posterior modificación mediante la ley 25/2009, dice:

“Será requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca una ley estatal……”.

Teniendo en cuenta que todos los técnicos que actualmente pueden suscribir el certificado de eficiencia energética tienen Colegio Profesional y que además en muchas Comunidades Autónomas, piden los datos de colegiación del técnico, para poder inscribir el inmueble en el registro de certificados de eficiencia energética de edificios, parece indispensable, de momento, que el técnico competente tenga que estar colegiado.

18. ¿Es necesario que el certificado de eficiencia energética este visado por el Colegio Profesional?

El certificado de eficiencia energética de edificios no es necesario que esté visado por el colegio profesional correspondiente, como bien indica el Real Decreto 1000/2010 Sobre Visado Colegial Obligatorio

Pero el propietario o promotor debe saber que, en muchos casos, el seguro de responsabilidad civil del técnico que suscribe el certificado debe ser registrado en el Colegio profesional correspondiente, para que el seguro cubra esa intervención. Por lo tanto, el propietario debe asegurarse, para evitar futuros problemas, que el trabajo que solicita está cubierto por el seguro de responsabilidad civil del técnico.

19. ¿Cuál es la metodología a seguir para expedir el certificado de eficiencia energética?

Esta pregunta supongo que puede ser contestada de diferente forma según el profesional al que se le pregunte, pero bajo mi punto de vista los principales pasos para poder realizar un certificado de eficiencia energética son los siguientes:

   1. Toma de datos in situ:

Se tiene que realizar visita al edificio, vivienda o local a certificar para recopilar los siguientes datos:
Fuente: IDAE
  • Determinar las condiciones del lugar donde se ubica la vivienda para obtener su orientación, altura sobre el nivel del mar y la existencia de obstáculos que puedan producir sombras sobre el edificio. En tal caso, se tiene que obtener las dimensiones de esas sombras y su ubicación.
  • Se tienen que obtener datos generales del edificio, como número de plantas, altura de cada una y altura del edificio en general.
  • Se tiene como mínimo que obtener las medidas de los cerramientos que den al exterior o estén en contacto con el terreno, es decir fachadas, suelos, cubiertas. Si se quiere obtener unos datos más precisos, también se deberían tomar los datos de las medianeras del inmueble.
  • También se tiene que obtener las medidas de los huecos, teniendo en cuenta la superficie que ocupa el vidrio y la del marco. Así como las protecciones solares que pudieran tener (voladizos, toldos, etc.).
  • Se tienen que obtener las características constructivas de todos los cerramientos y huecos del inmueble ya que es necesario para obtener sus transmitancia térmicas, es decir para que lo entienda todo el mundo, lo que se tiene que obtener es el calor que se transmite a través del elemento constructivo.
  • Una vez se tienen las superficies de los cerramientos se tiene que determinar la superficie útil del inmueble ya que es necesaria para obtener varios datos, entre ellos el número de renovaciones hora de aire de ventilación, las cargas térmicas para determinar si los equipos de climatización son adecuados y el nivel de iluminación en el caso de locales. 
  • Se tienen que obtener las características de los equipos de climatización y de producción de agua caliente sanitaria. Como mínimo su año de instalación, su potencia y su rendimiento. Así como otros elementos que consuman energía como pueden ser bombas de recirculación en el caso de locales.
  • Si se trata de locales se tiene que obtener el número de luminarias que existe y sus características en cuanto a eficiencia energética.
  • En el caso de que exista alguna instalación cuya energía proceda de una fuente renovable, también deben obtenerse sus características.
   2. Simulación Energética del Inmueble.

Antes de proceder a introducir los datos en el programa informático de simulación se deben realizar una serie de cálculos previos como son:
  • Calcular el número de renovaciones hora de aire de ventilación.
  • Calcular las cargas térmicas para comprobar si los equipos de climatización son adecuados. En el caso de que el inmueble no tenga equipos de climatización el cálculo de las cargas térmicas será aún más necesario ya que se debe asesorar al propietario sobre los equipos a colocar.
  • Calcular el valor de eficiencia energética de la instalación de iluminación (En muchos casos está sobredimensionada), en el caso de locales comerciales.
Una vez se han realizado estos cálculos previos llega el momento de introducir los datos en el programa de simulación que se encargará de calcular el consumo de energía final, mediante el cálculo de la demanda de energía del inmueble y el cálculo del rendimiento de los sistemas que cubren esas demandas. Para ello se debe tener en cuenta que:
  • Para el cálculo de la demanda de energía es necesario conocer las características constructivas del edificio y la ubicación del mismo.
  • Para el cálculo de los rendimientos es necesario conocer todos los equipos que intervengan en cubrir las necesidades energéticas, es decir la demanda de energía.
Con la introducción de estos datos el programa lanza una calificación de eficiencia energética que como se explicó en el anterior post se basa en las emisiones de CO2, con la que se obtiene la famosa letra que varía entre la A y la G.

   3. Medidas de Mejora.

Una vez se tiene la calificación de eficiencia energética, el técnico tiene que proponer unas medidas de mejora de la eficiencia energética del inmueble que sean técnicamente viables y según indica el texto legal “podrán” incluir una estimación de los plazos de recuperación de la inversión.

Según indica el Ministerio de Industria, Energía y Turismo no es obligatorio realizar esta estimación, aunque si deberá indicarse donde obtener información más detallada sobre la relación coste-eficiencia de las recomendaciones de mejora formuladas en el certificado.

20. ¿Hay algún programa informático para realizar el certificado igual en todo el Estado o dependerá de la Comunidad Autónoma? 

Como ya he comentado en un post anterior, sobre qué software utiliza el técnico para emitir el certificado, el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, ponen a disposición del técnico a través del registro de documentos reconocidos, varios programas para realizar el certificado de eficiencia de edificios existentes, además de los que existen para realizar el certificado del edificio en fase de proyecto y terminado. Por lo tanto, es el Estado el que determina los programas informáticos a utilizar y no las Comunidades Autónomas, siendo estos los mismos a nivel nacional.

Cualquier programa de simulación que se utilice para la realización de estos certificados debe encontrarse en el registro de documentos reconocidos, al que cualquier ciudadano puede tener acceso a través del sitio web del Ministerio de Industria.

21. ¿Qué coste tiene el certificado de eficiencia energética?

Esta es la gran pregunta que muchos consumidores tienen. Actualmente existe libre competencia entre los profesionales, ya que no existen honorarios mínimos obligatorios, por lo que cada técnico puede fijar libremente el precio del servicio que presta. 

Teniendo en cuenta que la metodología de trabajo es más o menos la indicada anteriormente, el coste del certificado debería variar en función de la superficie del inmueble, de la superficie de cerramientos, del número de plantas, si tiene o no sistemas de climatización, si existen planos que puedan facilitar el trabajo del técnico, etc.

Lo lógico y lo que debería hacer cualquier propietario o promotor, es pedir como mínimo tres presupuestos, en los que se refleje el trabajo que el técnico va a realizar y la metodología que va a seguir. Además deberían cerciorarse de que el certificado está cubierto por el seguro de responsabilidad civil del técnico y que éste tenga conocimientos suficientes sobre eficiencia energética en edificación.

Para conocer más preguntas sobre el certificado energético puedes encontrarlas en el siguiente enlace:

http://arquitecnide.blogspot.com.es/2013/04/preguntas-frecuentes-sobre-el.html

Webgrafría: boe.esminetur.gob.es

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